Clave: OPLEV/CG221/2018
Voto concurrente que presenta el consejero electoral Juan Manuel Vázquez Barajas, respecto al Informe final de la comisión especial para la promoción de la cultura democrática en materia de en materia de mecanismos de democracia directa y participación ciudadana.
I. Introducción
De conformidad con lo establecido en los artículos 1, 2, 99, 100, 101 fracción IX, inciso c), 102, 108, 110, del Código Electoral para el Estado de Veracruz, y 10 incisos c) y e), 33, base 7 del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, planteo las siguientes consideraciones.
Dentro del Consejo General, el pasado 29 de agosto de 2018 aprobamos el acuerdo a través del cual se presentaron diversos informes finales de las actividades desarrolladas durante el proceso electoral 2017-2018, en específico de las relativas a las comisiones especiales de vinculación con el Instituto Nacional Electoral y para la promoción de la cultura democrática, así como de las comisiones temporales sobre los medios de comunicación y monitoreo a los medios informativos, del programa de resultados preliminares, conteo rápido y encuestas, y de debates.
Ante la clausura de las comisiones y la presentación de sus informes finales, considero oportuno añadir dentro de los mismos, una serie de reflexiones técnicas y propuestas de mejora en la búsqueda por innovar contemplar dentro de las herramientas del legislativo, y del propio Oplev, más y mejores mecanismos que incentiven la participación de la ciudadanía en la toma de decisiones colectivas.
Bajo estos términos, he presentado dentro del informe sobre la promoción de la cultura democrática tres consideraciones concurrentes a la emisión del mismo: Dos primeras relativas al fomento de la cultura democrática y las estrategias de promoción del voto, en el presente voto vierto algunas reflexiones sobre el contexto actual de la sociedad y la necesidad de adecuar y modernizar los mecanismos de participación que contempla la ley en México y Veracruz en la búsqueda de una democracia que contemple de forma directa en la toma de decisiones públicas al ciudadano como su eje articulador.
II. Marco normativo
a. Reconocimiento y regulación dentro del marco constitucional de los mecanismos de participación ciudadana en México
Para canalizar las demandas de la sociedad a lo largo de la historia de las democracias modernas se han creado diferentes figuras, denominadas mecanismos de participación y que buscan entre otras cosas empoderar a la ciudadanía, que estas se involucren en la toma de decisiones y apropien del espacio público.
En México, dentro de nuestra constitución política se incorpora y legislan dentro del plebiscito, referéndum, la iniciativa ciudadana, revocación de mandato, consulta popular, candidaturas independientes, rendición de cuentas, información pública, contralorías ciudadanas, audiencias públicas, presupuestos participativos y asambleas ciudadanas.
En su construcción y reconocimiento encontramos dos momentos cumbres, 1917 y 2014. En el primero, el Constituyente contempló la revocación de mandato y en el segundo se incorporaron otras figuras normativas, como las consultas populares y la iniciativa ciudadana. En consideración a lo anterior, encontramos como mecanismos legales y su regulación los siguientes:
i) Revocación de mandato.
Fue contemplado por el Constituyente desde 1917, en el artículo 39 de la Carta Magna, este precepto se caracteriza porque es uno de los pocos que no ha sufrido alguna modificación y por el hecho de no haberse utilizado hasta el momento.
La revocación como mecanismo implica que la ciudadanía así como tiene la facultad de elegir a sus gobernantes otorgándoles el poder público a los gobernantes, tiene también, en todo el tiempo, el derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno. Es decir, la ciudadanía puede remover a la persona que eligió antes de que concluya el periodo para el que fue designado.
ii) Iniciativa popular.
Es la libertad que tiene la ciudadanía para presentar propuestas de Ley ante el poder legislativo, ya sea de en materia constitucional o en la legislación secundaria. Al respecto, el artículo 71, fracción IV, de la Constitución Federal reconoce la posibilidad de que los ciudadanos puedan presentar iniciar leyes, para ello requiere un número equivalente al 0.13% de la lista nominal de la lista nominal.
iii) Consulta popular.
La consulta popular busca inmiscuir a la ciudadanía en la deliberación de asuntos públicos de trascendencia nacional y su respuesta puede vincular al Poder Ejecutivo o legislativo.
El reconocimiento de la consulta popular como mecanismo a nivel constitucional, es reciente, se incorporó en el artículo 35 fracción VIII en el año 2012 y se reguló su implementación en 2014, a través de la Ley Federal de Consulta Popular.
El precepto citado señala que es facultad del Presidente de la República fijar los procedimientos de participación y consulta popular en el sistema nacional de planeación de desarrollo. Así como un derecho y obligación de la ciudadanía votar en las consultas populares.
No pueden someterse a consulta la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma; la materia electoral; los ingresos y gastos del Estado; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá, previo a la convocatoria que realice el Congreso de la Unión, sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta. La convocatoria puede ser emitida por: a). El presidente de la República, b) El 33% de los integrantes de cualquiera de las cámaras del congreso y c) Los ciudadanos equivalente al menos, al 2% de los inscritos en la lista nominal.
iv) Referendúm o referendo.
La ciudadanía participa en el sentido de la norma creada o modificada en el ámbito legislativo. De esta manera la ciudadanía puede modificar alguna norma creada por el legislador, este mecanismo se reconoce en la mayoría de las entidades federativas, siendo una de ellas Veracruz, pero no en la Constitución Política Federal.
v) Plebiscito.
Es la consulta que los poderes públicos someten al voto popular directo para que apruebe o rechace una propuesta de carácter administrativo. En México este mecanismo se reconoce en 28 entidades, más no a nivel República.
Como observamos anteriormente las formas de participación ciudadana se encuentran en la mayoría de las legislaciones de los Estados, también es cierto que se encuentra en nuestra Constitución, no se aplican estas formas de participación dentro de los derechos políticos de la ciudadanía.
III. Motivos y razones
a. Necesidad de construir un sistema educativo nacional con base en principios y valores democráticos
Desde los lugares de toma de decisiones hemos concebido a la democracia como un simple mecanismo por el cual se transfiere el poder de manos de un grupo a otro. Esto resulta una gran injusticia para la gran mayoría de mexicanas y mexicanos que se encuentran fuera de estas esferas de poder.
Más allá de cuestiones de representación y participación, desde mi óptica los valores y principios democráticos aún tienen que permear dentro de todos los niveles de la sociedad en México. Creo que no se puede hablar de sistemas democráticos cuando nos rehusamos a ejercerla en la familia, en las escuelas, en nuestras oficinas. Desde mi perspectiva, la democracia debe comenzar desde la vida cotidiana, y por supuesto no debe terminar al depositar nuestro voto en una urna.
En ese sentido, uno de los temas más importantes a resolver dentro de nuestro país, necesariamente pasa por la construcción de un sistema educativo que inculque en el alumnado principios y valores desde las primeras generaciones. En países con un mayor desarrollo democrático, la construcción de la ciudadanía es un valor fundamental, enseñado desde los salones de clase.
En nuestro contexto y ante diversas situaciones, es reconocido a nivel internacional carencias en las y los estudiantes que pudieran implicar, entre otras cosas, incompetencias en la formación de ciudadanos. Como muestra, la prueba PISA, propuesta por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), coloca la calidad educativa de nuestro país en un nivel inferior del promedio mundial, se menciona que las y los jóvenes estudiantes se encuentran por debajo de países en elementos como las matemáticas, lectura y la resolución de problemas matemáticos bajo el método científico de investigación.[1]
Qué implica que solo el 1% de los estudiantes mexicanos que tomaron la prueba tengan los conocimientos suficientes para posicionarse con un buen resultado en el programa.[2] Desde mi perspectiva, esto implica un área de oportunidad en la generación de políticas públicas que orienten a un nuevo sistema educativo nacional, mucho más amplio y con las capacidades de aportar habilidades y conocimiento en las futuras generaciones.
Ante ello, considero tarea fundamental a desarrollar en un futuro a corto plazo una reforma amplia a los planes y programas de estudio, desde mi perspectiva es necesaria la realineación de un nuevo edificio basado en el respeto de los derechos de terceros y el cumplimiento de las obligaciones, en donde desde una formación democrática basada en valores humanos fundamentales de fraternidad y buena trato de los demás, se pueda reconstruir el tejido social y a su vez coadyuvar en la eliminación de diversos vicios en nuestro país.
b. Generar condiciones mínimas para incrementar la participación ciudadana para generar ciudadanía en México
México se ha constituido como una nación cuyo modelo de gobierno es la democracia representativa, donde, aunque no lo pareciera, la participación de la ciudadanía tiene y debe tener un papel fundamental. En ese sentido, considero que en la construcción de nuestra democracia las ciudadanas y los ciudadanos tenemos la posibilidad de participar de diversas maneras y que la verdadera relevancia de las elecciones no se encuentra en los cargos que se eligen, sino en buscar solventar la enorme deuda democrática que aún existe con la sociedad mexicana.
Si bien en nuestro país hemos dado unos primeros pasos para transitar hacia la democracia plena a la que aspiramos, recordemos que en las pasadas elecciones presidencial cerca de 56 millones de mexicanos y mexicanas participamos (63.42% del padrón electoral[3]), considero que vivir en democracia no significa necesariamente tener un buen sistema electoral y garantizar elecciones, sino buscar más y mejores espacios para la participación ciudadana.
Sin duda, hemos avanzado en materia y más allá de la alternancia, hemos vivido episodios donde miles de personas se organizan para hacer política desde las calles, lo hemos presenciado, recordar movimientos como el #132, o las miles de personas que firmaron para impulsar la #Ley3de3, así como los colectivos que promovieron #SinVotoNoHayDinero.
En ese sentido, dentro del contexto nacional, día con día la ciudadanía va ocupando más espacios y elevando el nivel de exigencia de los servidores públicos. La juventud cobra auge y acompañados de la irrupción de las tecnologías de la información y las redes sociales como plataforma que potencializa la organización social a través del medio digital, la participación política ha rebasado los cauces legales y hoy en día se construye desde otras plataformas no necesariamente reconocidas en el marco legal.
Como servidor público y autoridad electoral, reconozco la necesidad de darles su lugar en lo público, nosotros que estamos por dentro de las instituciones tenemos el deber de abrirlas y ponerlas al servicio de las personas. Solamente ejerciendo nuestros derechos, alzando la voz y protegiendo principios democráticos podremos ofrecerle a la ciudadanía un servicio público que verdaderamente merece.
Creo firmemente en que nuestras opiniones, si son expresadas por las vías del consenso y el diálogo, contribuyen y son la vía que conecta nuestras necesidades colectivas con la acción del gobierno y lo que legitima las decisiones de nuestros gobernantes. En ese sentido, vislumbro un futuro democrático en nuestro país cuyo eje central sea la ciudadanía en la exigencia de lo común. La participación pujante por defender lo público y lo común, es tarea de todas y todos.
c. Implementar acciones para mejorar el uso de mecanismos legales de democracia directa para empoderar a la ciudadanía
Haciendo una comparativa internacional encontramos que en términos generales el reconocimiento y adecuación normativa de mecanismos de participación es común. Europa y países occidentales han determinado decisiones y cuestiones de gran índole en base a dichos mecanismos. Necesario mencionar que muchos de ellos han surgido y se han fortalecido en las calles y a través del uso de redes sociales como plataforma común.
En Estados Unidos se goza de instrumentos legales para la participación directa e indirecta, en alrededor de 16 estados, se cuentan con mecanismos para que las iniciativas de ley, emanadas de las sociedades y desde lo público, puedan iniciarse y discutirse dentro de los parlamentos estatales.
En Reino Unido, una de las decisiones más importantes de los últimos años se determinó mediante un referéndum. Cerca de 40 millones de personas[4] pudieron ejercer su voto y determinaron su futuro mediante la separación de la Unión Europea, el llamado el “Brexit”[5], fue un mecanismo de participación no desconocido por los habitantes de la nación.
En México y sus estados, la situación del espacio público se encuentra en una disyuntiva: Por un lado existen movimientos fuera del marco legal donde cada vez se generan más reflexiones orientadas al escrutinio de lo público y por otra parte, es genérico encontrar un abandono y deterioro en la regulación de los mecanismos para la conversión y ejercicio de los derechos políticos de la ciudadanía.
Desde la concepción y construcción legal, la participación ciudadana no se ha entendido como “un elemento que articule a la sociedad y que se convierta en un eje estructural para poder generar movilidad, seguridad, recreación, convivencia y fortalecimiento del tejido social, todo ello imprescindible en la búsqueda de mejores condiciones sociales dentro del país.”[6]
Por el contrario, las iniciativas de ley, las leyes aprobadas y el sentir político de estos mecanismos son la apuesta a que permanezcan en el olvido y que se encuentren plasmados en mínimos articulados que no regulen sino compliquen su aplicación. Estos ciertamente son desconocidos para la gran mayoría o, en casos específicos, dificultan y generan enormes barreras de acceso para quienes decidan participar a través de ellos.
En ese sentido, es necesaria la reflexión y donde se vuelve importante que desde ámbitos públicos se fomente y pugne por la innovación del proceso en la creación del espacio público en México. Si entendemos lo público como aquello que es de todas y todos, como los bienes, servicios, espacios, e ideas que permiten garantizar condiciones de igualdad y libertad en nuestra sociedad, entonces entendemos la importancia porque sea desde lo común su construcción.
d. Mejorar regulatoria de los mecanismos de democracia directa definidos en las leyes en Veracruz e incorporación de nuevas formas de participación ciudadana
En Veracruz al igual que otras entidades federativas se han incorporado dentro del marco constitucional y legal diversos instrumentos de participación ciudadana, en particular a partir de febrero de 2016, cuando se reconoció el de plebiscito, referendo e iniciativa popular. En fechas más recientes, el 28 de mayo de 2018, se reformó la Ley de Referendo, Plebiscito Iniciativa Ciudadana y Consulta popular.
En el caso de Veracruz la revocación de mandato se encuentra regulada, sin embargo, se contempla como una atribución para la remoción de presidencias de ayuntamientos. En dicha figura, no se contempla la participación de la ciudadanía y se mantiene como una decisión política en la que participan el Congreso y el Ejecutivo.
Por otro lado, la iniciativa popular se reconoce y se establece los requisitos y procedimientos necesarios para su aplicación. De forma análoga a la nacional, permite a los ciudadanos votar y participar en las iniciativas, reformas o abolición de las leyes o decretos del Congreso del Estado. Sin embargo, para que la ciudadanía pueda ejercer la consulta popular, requiere la participación de un cuarenta por ciento de los ciudadanos inscrito en la lista nominal de electores, así como que la temática propuesta “impacte de forma significativa en la población”.
Por su parte, el referéndum o referendo, regulado en la Constitución Política y en la Ley de referendo, plebiscito, iniciativa ciudadana y consulta popular se establecen los requisitos y procedimientos para su aplicación. En ella se contempla una serie de limitantes para su aplicación, destacando la prohibición de someter a referendo resoluciones que el Congreso del Estado dicte como integrante del Constituyente Permanente Federal o cuando ejerza funciones de Colegio Electoral; esta última tarea no aplica al caso, pues ahora se cuenta con un órgano autónomo encargado de organizar elecciones y de un tribunal que se ocupa de revisar los actos electorales.
En cuanto al plebiscito, encontramos en la regulación aplicable que dicha ley, solo puede ser convocado por el Ejecutivo o por Ayuntamiento y tiene lugar el día de la jornada electoral, excluyendo las materias fiscales, financieras y régimen interno de los poderes públicos.
A mi consideración, los diversos mecanismos legales contemplados en la legislación necesitan una seria revisión. Por una parte, su falta de difusión repercute en el desconocimiento de la ciudadanía sobre su existencia, por otro lado, su limitada regulación representa una oportunidad para que el legislativo pueda orientar la propia expresión ciudadana y formalice mecanismos modernos que contemplen diversas formas de participación en nuestro estado, convirtiendo en un ejemplo nacional en la regulación e implementación.
El contexto actual exige, cada vez más, la participación directa por parte de la ciudadanía. Creo que contemplar en la construcción de lo público a la ciudadanía y para ello dotar de mecanismos agiles y modernos en su aplicación, es tarea fundamental en la construcción de un estado democrático moderno.
También considero fundamental poder incorporar nuevos mecanismos de democracia, más allá de las clásicas figuras de democracia directa, que antes he comentado. Particularmente se requiere una mayor incidencia en la toma de decisiones por parte de la ciudadanía que implique su cercanía con el ejercicio del poder público.
Una de las mejores formas de generar de formar ciudadanía, es estar en lo público, desde su entorno más cercano: los barrios, las colonias o las comunidades en las zonas rurales. Para ello es importante incorporar nuevos mecanismos de participación ciudadana que respondan a esta cercanía de lo individual y lo colectivo.
Dentro de las nuevas figuras que se pueden incorporar están: presupuesto participativo en los ayuntamientos y los poderes ejecutivos de las entidades federativas, la definición de obras públicas desde la óptica regional y mediante la obtención del apoyo ciudadano para su ejecución, contralorías ciudadanas de control del gasto.
La incorporación de audiencias legislativas que permita a los ciudadanos opinar sobre la construcción de las leyes y su adecuación bajo una óptica de construcción desde quienes deben cumplir el marco regulatoria por sectores. Para ello se pueden implementar comités legislativos ciudadanos para fines específicos que coadyuven a la construcción del derecho.
En cuanto al poder judicial sea necesita una transformación que pueda incorporar una óptica ciudadana a la impartición de justicia. No sólo se trata de incorporar mecanismos de autocomposición de los conflictos legales, sino de encontrar mecanismos de participación que mejore la función judicial del Estado, como puede ser el establecimiento de contralorías ciudadanas como mecanismos de auditoría y comités de ética ciudadana que impacte el trabajo de quienes imparten justicia, que garantice el ejercicio ético de la justicia en México.
IV. Conclusiones
Dentro de este voto, vierto algunas consideraciones que a mi juicio, son competencia dentro de nuestro ámbito como autoridad electoral, al concernir al espacio de lo público y en plena concordancia a la necesidad de fomentar la construcción de ciudadanía y el fomento de la cultura democrática en Veracruz y en nuestro país.
Ante ello, considero que la realineación de un sistema educativo donde se procure la enseñanza y construcción de conocimiento y valores democráticos es indispensable para solventar la deuda democrática por excelencia en nuestro país. Desde el Oplev, esto nos debiese implicar, además de exigencia y pugnas por el desarrollo del nuevo sistema educativo, brindar mecanismos para el uso y apropiación de espacios públicos de debate y deliberación.
Asimismo, creo que nos atañe proveer las condiciones básicas para que las y los ciudadanos tomen las decisiones más importantes acerca de lo que les atañe y rodea, en mi consideración es necesario tener claro este punto, ya que nosotros debemos responder en todo momento ante la sociedad que está deseosa de mejores decisiones y de mayor democracia en nuestro país y estado.
Ello implica necesariamente revisar y actualizar los mecanismos por medio del cual en nuestro entorno se accede a mecanismos de deliberación, pugnar por un marco normativo acorde con nuestros días y entorno internacional debe ser una lucha cotidiana, incluso dentro de lo público. En ese sentido, los mecanismos legales existentes en Veracruz a pesar de considerarse como de reciente creación, carecen de estrategias en su difusión e instrumentación necesaria para su implementación, los mismos adolecen de falta de contextualización y omiten a la ciudadanía como eje articulador.
En conclusión, estamos ante la oportunidad coyuntural por brindar a la ciudadanía mecanismos reales, eficientes y eficaces que puedan utilizar en lo que debiese representar la cotidianidad de tomar decisiones trascendentes, para nuestra calle, colonia, ciudad o estado. Estamos en el tiempo posible y la ciudadanía lo demanda así, cada vez más y a través de diversos medios.
[1]OCDE. Programa
para la Evaluación Internacional de Alumnos (PISA) 2015. Datos obtenidos en:
https://www.oecd.org/pisa/PISA-2015-Mexico-ESP.pdf
[2] Ibídem
[3] Instituto Nacional Electoral. Se presentan
cifras no definitivas al no considerar resultados de las autoridades
jurisdiccionales obtenidos en los cómputos distritales en:
https://computos2018.ine.mx/#/presidencia/nacional/1/1/1/1
[4]Redacción BBC Mundo. Disponible en:
https://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-36484790
[5]Loretta Napoleoni. Editorial 2018. “Un Brexit duro" El País, 6 de
agosto, sección Tribuna. Disponible en:
elpais.com/elpais/2018/08/02/opinion/1533205517_412285.html
[6] Hiram Barrón. Editorial 2016. “¿Cómo innovar en la participación
ciudadana?”. Nexos, octubre.
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