Enero 26, 2018 | Xalapa, Veracruz
Clave: OPLEV/CG033/2018
Voto particular que emite el consejero Juan Manuel Vázquez Barajas, respecto al proyecto de acuerdo del consejo general del Organismo Público Local Electoral por el que se aprueba la destrucción de la documentación electoral y los criterios que se aplicarán para la reutilización del material utilizado y sobrante del PEL 2016-2017.
De conformidad con lo establecido en los artículos 1, 2, 99,
100, 101 fracción IX, inciso c), 102, 108, 110, del Código Electoral para el
Estado de Veracruz, y 10 incisos c) y e), 33, base 6 del Reglamento de Sesiones
del Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de
Veracruz (OPLEV), emito el presente voto particular bajo las siguientes
consideraciones:
El 24 de enero de 2018, el Consejo General del OPLEV, se
presentó en sesión extraordinaria en el orden del día número cinco, el acuerdo
para la destrucción de la documentación
electoral y los criterios que se aplicarán para la reutilización del material
utilizado y sobrante del proceso electoral 2016-2017.
Tal como lo expresé en dicha sesión, no acompaño el sentido
que subyace en la emisión del mismo. Considero que es viable jurídica,
presupuestal y ambientalmente la reutilización del material empleado en el
Proceso Electoral 2016-2017 para la Jornada Electoral 2017-2018, conforme a las
normas establecidas por el Instituto Nacional Electoral (INE).
Es necesario precisar que los materiales electorales
utilizados en la pasada elección de Ayuntamientos permanecen en resguardo
dentro de las oficinas distritales del OPLEV. Asimismo, es de conocimiento
público que existen aproximadamente 6,565 canceles electorales, 9,477 urnas,
9,477 base porta unas y 3,191 caja contenedora susceptibles de reutilizarse. [1]
Ante ello, creo en la viabilidad jurídica de esta propuesta porque como autoridad electoral estamos ante una obligatoriedad por realizar un adecuado y correcto tratamiento con el propósito de la reutilización del mayor número de material electoral que se encuentre en buen estado.
De igual forma, si tomamos en cuenta las circunstancias
económicas que atraviesa el estado de Veracruz y en las que nos fue asignado el
presupuesto por el Congreso del estado para el ejercicio fiscal 2018 nos
daremos cuenta de que la propuesta es económicamente viable. La reutilización
del material electoral para el proceso ordinario, sin duda generaría un ahorro
considerable para el Organismo, habido de encontrar rubros que permitan superar
un fuerte recorte presupuestal.
Por último, la alternativa que plantee ante la mesa del
Consejo General, considera también la viabilidad y el beneficio ecológico que
como autoridades electorales y bajo un contexto globalizado se debe procurar.
II. Motivos y razones
a. El Consejo General es el órgano facultado para ordenar y autorizar la impresión de la documentación y producción del material electoral
a. El Consejo General es el órgano facultado para ordenar y autorizar la impresión de la documentación y producción del material electoral
i. Facultades y competencias
del Consejo General.
Bajo una premisa de análisis, considero que el acuerdo
sometido a votación del Consejo General debió orientarse y estructurarse hacia
la aprobación por parte del máximo órgano de decisiones de este colegiado tanto
de la impresión de la documentación, como la producción del material electoral
para el proceso local ordinario 2017-2018.
Ante estas consideraciones, estoy cierto que lo aprobado el
pasado 21 de diciembre de 2017 mediante acuerdo OPLEV/CG322/2017, fue solo el
diseño y los formatos de la documentación y material electoral, los cuales
fueron validados tanto por el INE, como por nosotros. Sin embargo, considero
que dicho acuerdo careció de una aprobación que facultara dar inicio a los
trámites administrativos para la adjudicación de licitaciones públicas
relativas al rubro.
Es de mi opinión que el Consejo General es el órgano superior
de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones
constitucionales y legales en la materia y que por tanto, es el órgano indicado
para aprobar la producción. Sustento ello, en el artículo 41, apartado C,
numeral 4 de la Constitución Federal señala que los OPL ejercerán funciones en
las siguientes materias:
“Artículo 41, apartado C.
4. Impresión de documentos y la producción de
materiales electorales.”
De igual forma, dentro del Código electoral para el estado de Veracruz, una de las funciones del Consejo General, en su artículo 108, numeral XIX, establece lo siguiente:
“XIX. Aprobar para impresión los formatos de documentación y materiales electorales que serán utilizados en los procesos electorales, de conformidad con la normatividad expedida para tal efecto;”.
b. Toma de decisiones administrativas sin aprobación del Consejo General.
Por ello, considero que previo a que éste órgano hubiera comenzado los trámites administrativos de inicio, se debió de procurar un acuerdo mediante el cual se autorizara la impresión y producción del material electoral.
Me refiero puntualmente, a la atribución que asumió el
Subcomité de adquisiciones, arrendamientos, administración y enajenación de
bienes muebles del OPLEV, el pasado 23 de enero del presente año realizado a
las 19:00hrs en sesión extraordinaria al abordar en los puntos 2 y 3 relativo a
la discusión de lo siguiente:
“2. Propuesta y, en su caso, aprobación del
procedimiento de la Licitación pública Nacional Número LNP/OPLEV-401A02-001/2018
relativa a la adquisición de Material Electoral para el Proceso Electoral
Ordinario 2017-2018.
2.1 Reducción de Plazos.
2.2 Autorización de entrega de hasta 40% de
anticipo.
2.3 Convocatoria.
2.4 Bases de la licitación.
3. Propuesta y, en su caso, aprobación del
procedimiento de la Licitación pública Nacional Número
LNP/OPLEV-401A02-002/2018 relativa a la adquisición de Documentación Electoral
para el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018.
3.1 Reducción de Plazos.
3.2 Autorización de entrega de hasta 40% de
anticipo.
3.3 Convocatoria.
3.4 Bases de la licitación”.
Ahora bien, en el artículo 196.1, sección primera, del
Reglamento de Administración del OPLEV, establece que no existe ninguna
atribución del Subcomite y sus integrantes la aprobación para la impresión y
producción de la documentación y material electoral. Se puso en manos de una
autoridad administrativa del OPLEV una atribución para incidir y ordenar en la
impresión y producción de la documentación y de los materiales electorales para
el proceso electoral. Me refiero puntualmente que por disposición legal
corresponde a una atribución que son conferidas al Consejo General.
III. Obligatoriedad normativa de reutilización
III. Obligatoriedad normativa de reutilización
- Ordenamientos legales y reglamentarios que marca un camino a la reutilización.
- Comparativo con los acuerdos del INE.
- Premisas y conclusiones.
- Definición de políticas públicas a cargo del Consejo General en materia de documentación y material electoral.
- Responsabilidad presupuestal la aprobación de producción del material electoral.
- Eficacia y eficiencia del gasto público que generaría ahorros significativos para el proceso electoral en puerta.
- Condiciones del material electoral.
- Minimizar el impacto negativo al medio ambiente.
- Propuesta de reutilización.
- Costos y ahorros.
- Posibilidad del porcentaje a reutilizar.
- Recursos humanos disponibles en los Consejos Distritales del OPLEV.
- Reutilización en el proceso electoral extraordinario, elecciones de agentes y subagantes y simulacros.
- Transparencia y rendición de cuentas durante procesos electorales.
De acuerdo al marco
normativo al que se encuentra sujeto el OPLEV, considero que estamos obligados
por el Reglamento de Elecciones que rige nuestro actuar en la emisión de
actividades y acciones concretas tendientes en la recuperación de materiales electorales
de las casillas para su reutilización. Ahondando en materia, enuncio el
artículo 165, numeral 1 del Reglamento de Elecciones, que a la letra dice:
“Artículo 165.
1 El Instituto y los OPL, en el ámbito de su competencia, establecerán
acciones en la recuperación de los materiales electorales de las casillas para
su posterior reutilización. Para realizar los trabajos de conservación y
desincorporación de materiales electorales, se podrán seguir las acciones
precisadas en el Anexo 4.1 de este ordenamiento”.
Bajo esta lógica, vislumbro la existencia de un ordenamiento legal que marca un camino para el correcto tratamiento del material electoral posterior a la realización de la elección 2016-2017 y establece los pasos que como órgano electoral debemos implementar la reutilización de dicho material en buen estado.
Desde mi punto de vista, la emisión de un acuerdo como el que hoy se vota en este Consejo General debería determinar de manera clara el rumbo y la decisión del OPLEV para el tratamiento adecuado y la implementación de acciones necesarias para lograr el adecuado y correcto tratamiento del material susceptible de reutilización que se encuentre en buen estado.
El
05 de octubre de 2017, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral
aprobó mediante acuerdo INE/CG383/2017, la reutilización de los materiales
electorales para el proceso electoral federal 2017-2018.
En la acuerdo de referencia se instruyó a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral tomar las medidas necesarias en la producción y suministro de los aditamentos para la adecuación y actualizar los canceles, urnas, mamparas especiales y marcadoras credenciales a reutilizar en las elecciones federales 2018.
En el acuerdo en cita, se establece en el
considerando noveno lo siguiente:
“Noveno. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral tomar las medidas necesarias en la producción y suministro de los aditamentos para la adecuación y actualizar los canceles, urnas, mamparas especiales y marcadoras credenciales a reutilizar en las elecciones federales 2018.”
El 05 de octubre de 2017, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó mediante acuerdo INE/CG450/2017, el diseño y la impresión de la boleta y demás documentación electoral para el proceso electoral federal 2017-2018. Además se ordenó iniciar los trabajos administrativos para la impresión y producción de las boletas y los demás formatos de la documentación electoral que se utilizaran el 01 de julio del presente año.
Considero que los acuerdos aprobados por el Instituto Nacional Electoral previeron líneas de acción al contemplar los mecanismos para su reutilización del material en buen estado y puedan ocuparse en las próximas elecciones. En cambio el acuerdo que difiero con el sentido se limita a la cantidad que se ocupara para el proceso extraordinario, elección de agentes y subagentes y simulacros.
Ahondando de mayor forma en la problemática que fundamenta la interposición de este voto particular, considero existe un incumplimiento a un mandato constitucional en este acuerdo, relativo a la toma de decisiones en cuestiones administrativas mandatadas en la Constitución Política Federal.
“Artículo 41.
V.
La organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a
través del Instituto Nacional Electoral y de los organismos públicos locales,
en los términos que establece esta Constitución.
[…]
Apartado C. En las entidades federativas las elecciones locales estarán a cargo de
organismos públicos locales en los términos de esta Constitución, que ejercerán
funciones en las siguientes materias:
1. Derechos y el acceso a las
prerrogativas de los candidatos y partidos políticos;
2. Educación cívica;
3. Preparación de la jornada
electoral;
4. Impresión de documentos y la producción de materiales electorales;”
…
Bajo mi óptica, es claro el señalar que en las entidades federativas las elecciones estarán a cargo de los Organismos públicos locales y una de sus atribuciones será la impresión y documentación de materiales electorales.
De la misma manera el Código Local de la materia, en su artículo 108.1 fracción XIX es muy claro al señalar como atribución del Consejo General la aprobación de la impresión de los formatos de documentación y materiales electorales que serán utilizados en los procesos electorales, de conformidad con la normatividad expedida para tal efecto.
Por tanto, considero que las acciones que establece el artículo 165 del Reglamento de elecciones, es pertinente efectuar labores para conservar el universo posible de los materiales electorales en buenas condiciones como los son: canceles, urnas, porta urnas, caja paquete electoral y mamparas para su reutilización puesto que son elaborados con materia prima que garantiza su uso en más de una elección.
Por último, considero que el acuerdo en comento pasa por alto disposiciones constitucionales, legales, reglamentarias y administrativas relativas a la procuración como autoridad electoral por la reutilización y correcta aplicación de los recursos públicos.
El 25 de septiembre de
2015 se reunieron en la Sede de Naciones Unidas más de 150 jefes de estados con
el propósito de aprobar la Agenda para el Desarrollo Sostenible, intitulado
“Transformar Nuestro Mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, fue
adoptado por los 193 Estados Miembros de las Naciones Unidas. Entre los
asistentes se encontró nuestro el Estado Mexicano, quien se comprometió frente
a la comunidad internacional no solo fortalecer el marco jurídico para alcanzar
los objetivos de desarrollo sostenibles (ODS), sino a implementar las políticas
públicas requeridas para tal efecto.
A ello obedece que el 19 de julio de 2016 el poder Ejecutivo se comprometió a establecer un Consejo de Alto Nivel para el cumplimiento de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible; sumándose también el Congreso Mexicano, quien a través de la Mesa Directiva del Senado de la República, el 8 de septiembre de 2016, instaló un Grupo de Trabajo integrado por 17 Comisiones y presidido por la Comisión de Relaciones Exteriores Organismos Internacionales para el seguimiento legislativo de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de dicha Agenda.
Para el 18 de noviembre de ese mismo año, la Conferencia Nacional de Gobernadores (CONAGO) fundó la Comisión para el Cumplimiento de la Agenda 2030, y desde esa fecha al presente cada entidad federativa en congruencia con el principio de federalismo ha instituido Comisiones Estatales, destacando Chiapas, Colima y Nuevo León. Finalmente, el 24 de abril de 2017, se creó el Consejo Nacional de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.[2]
Conscientes de la aceptación de metas internacionales y creación de un marco normativo e institucional no basta; ya que para ello es necesario primero desentrañar el contenido de cada objetivo y la capacidad (así como voluntad) de cada nivel de gobierno para el alcance de estas metas; no olvidemos que si bien ninguno está obligado a lo imposible el gobernante tiene como principal premisa maximizar el uso de los recursos con que cuenta.
Siguiendo ese orden, unos de los principales objetivos del Estado mexicano es conservar la biodiversidad e incrementar la capacidad de respuesta, llamada resiliencia, al cambio climático y a los desastres naturales, es decir, nuestra tarea como mexicanos no solo es cuidar lo que tenemos, sino prepararnos para enfrentar la pérdida de recursos que por nuestra pericia no conservamos, asegurándonos así que las generaciones futuras cuenten con un piso mínimo de sobrevivencia.
Para contextualizar la importancia del citado objetivo es preciso recordar que México al concentrar el 10% de la flora y fauna se encuentra entre los primeros países mega diversos; y Veracruz es la tercera entidad más biodiversa. Riqueza que no solo nos obliga a crear un marco legal protector o políticas públicas ambientales, sino que nos conduce a que desde nuestra posición implementemos programas sostenibles -tanto en términos de recursos naturales y presupuestales.
Esa tarea atañe también al OPLEV que como ente autónomo se debe únicamente a las y los veracruzanos; siendo el Consejo General la máxima autoridad y el principal obligado a cumplir con los objetivos de desarrollo sostenible; por lo tanto, su principal tarea es tomar todas aquellas medidas que hagan de la democracia un sistema de calidad y eficiente, esto incluye potencializar los recursos financieros que posee y preservar los bienes materiales en pro de la naturaleza.
Definición de políticas públicas a cargo del Consejo General en materia de documentación y material electoral. Bajo las condiciones sociales y económicas que atraviesa el estado de Veracruz y nuestro país, considero que como autoridad electoral somos responsables del uso debido y eficiente del gasto público. Por tanto, considero que el OPLEV debe procurar la implementación de políticas que impliquen hacer elecciones eficientes y en búsqueda continua por la reducción de los costos. Acciones concretas como la reutilización del material, recientemente adquirido y resguardado tras la utilización efímera en un proceso electoral deben ser ejemplo como ente público del respeto al gasto en nuestro estado.
Tras la aprobación del presupuesto para 2018 del OPLEV por parte del Congreso del Estado y la redistribución del mismo, se contempló para el órgano electoral un presupuesto de 1,109 millones 900 mil pesos. Dicho monto representó una disminución del presupuesto solicitado por un costo de 190 millones 959 mil 502 pesos.
Ante la disminución del 15% del monto originalmente presupuestado para la realización de la elección ordinaria en Veracruz, considero este órgano está obligado a disminuir en todas sus partidas presupuestarias a fin de garantizar el adecuado desarrollo de los comicios en puerta y salvaguardar diversos capítulos esenciales del gasto electoral, como lo es el pago de salarios del personal que laborará en los diversos órganos desconcentrados a lo largo del estado. Bajo esta lógica, considero existen las condiciones necesarias y los materiales en condiciones que permitirían contar con un alto costo beneficio de aprobarse la reutilización del material electoral.
Estas acciones procuran nuestro actuar en bien y a beneficio de las y los veracruzanos velando que se aprovechen totalmente los recursos y no generar gastos innecesarios que no aprobarían.
La eficiencia y austeridad presupuestaria son principios básicos de todo país desarrollado y que está vigente no solo en tiempos de crisis; desafortunadamente en nuestro país las medidas creadas al respecto, no siempre han sido congruentes con el contexto económico.
Tal es así, que durante la crisis económica mundial 2007-2009 México aplicó un plan relativamente ligero; siendo en febrero de 2016 cuando se publicaron en el Diario Oficial de la Federación que los “lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.”
Frente a esta acción no puede reinar la indiferencia de órganos autónomos y de los demás niveles de gobierno, pues al formar parte del Estado mexicano la responsabilidad es de todos; si a esto le agregamos la variable de obligaciones crediticias (deuda) el compromiso es aún mayor; según el informe “Obligaciones Financieras de las Entidades Federativas de México” del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados hasta el tercer trimestre de 2017 Veracruz con un pasivo de 44 mil 912.2 millones de pesos, concentra junto con otras cuatro entidades la mitad de la deuda subnacional; cifra que por su cuantía y al tener una tasa de interés elevada obliga no solo a renegociar el plan de pago, sino que constriñe a los entes de la entidad y de los municipios que lo conforman no solo a reducir su gasto, sino a transformar sus recursos en una inversión. [3]
Es necesario precisar que el OPLEV implementó durante los meses de octubre y noviembre de 2017, las siguientes acciones tendientes a la recopilación y conservación del material electoral del proceso 2016-2017, información que fue requerida a las y los responsables de las 27 oficinas distritales, la documentación que fue generada, obra en los archivos de este Organismo y se anexa al presente voto, así como un anexo fotográfico.
- Circular 154 Secretaría Ejecutiva. Respecto a la aplicación de políticas de reciclamiento y reutilización del material electoral.
- Criterios para la conservación y desincorporación del material electoral a reutilizarse en el PEL 2017-2018, así como tabla en formato Excel para la creación del inventario.
- Informe del material electoral utilizado en el proceso electoral 2016-2017 susceptible de ser reutilizado, remitido por la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, el 14 de noviembre de 2017.
Dentro del informe, encontramos la existencia de un alto
porcentaje de material electoral en buen estado que fue, bajo instrucciones y
metodologías aplicadas, almacenado y resguardado dentro de los inmuebles que
ahora ocupan los Consejos Distritales. Para la consideración del presente voto,
encontramos los siguientes datos sobre el estado que guarda dicho material:
Tipo de material
|
Buen estado
|
Mal estado
|
||
Cantidad
|
%
|
Cantidad
|
%
|
|
Urnas
|
9,477
|
90.50%
|
995
|
9.50%
|
Base porta urna
|
9,477
|
90.60%
|
983
|
9.40%
|
Cancel electoral
|
6,565
|
63.89%
|
3,710
|
36.11%
|
Mampara especial
|
9,308
|
91.91%
|
819
|
8.09%
|
Caja electoral
|
6,639
|
78.86%
|
1,780
|
21.14%
|
Caja contenedora
|
3,191
|
37.00%
|
5,433
|
63.00%
|
Asimismo, es necesario hacer mención que durante el proceso electoral pasado el OPLEV, al momento de diseñar el material electoral, con todas las características de funcionalidad y con la mejor calidad de materiales con miras a la posibilidad de ser reutilizados. En virtud de que la materia prima que es utilizada en la composición de los productos es bastante costosa, los materiales son susceptibles de reutilización en los subsecuentes procesos sin demeritar su funcionalidad y la duración de vida para lo cual fueron diseñados, contribuyendo al buen aprovechamiento y buen uso de los recursos públicos.
Cabe destacar que las especificaciones técnicas contenidas en la normatividad del Instituto Nacional Electoral, la fabricación de cada uno de los materiales siguieron estándares de calidad y fue realizado con material específico de larga vida útil que permite no sólo la utilización en un momento de dichos materiales, sino en sucesivos procesos comiciales.
Más allá de las consideraciones financieras para el Organismo y el estado, la aprobación de la producción de nuevo material generaría un impacto ambiental que debe ser observado. Al ser conformado por materiales como el plástico, el cual puede demorar siglos en biodegradarse, el desecho que se generará con la aprobación de este acuerdo causará un impacto al medio ambiente de largo plazo.
Es importante que todas las instituciones se preocupen también por el medio ambiente, que se traduce en el cambio climático que actualmente estamos viviendo. En ese sentido, debemos de actuar de forma tajante y concretar acciones que permitan el cuidado y manejo sustentable de los recursos naturales.
Bajo esta lógica, es importante resaltar la materia prima que se utiliza en la fabricación de cada uno de los materiales implica un alto costo ambiental para su extracción. En consecuencia, la tarea del Consejo General del OPLEV no solo es aplicar las tres R de la ecología para maximizar el uso del material que posee en el proceso electoral 2017-2018, sino a vincular para futuras elecciones la calidad de los materiales a utilizarse con el desarrollo sostenible.
Si bien, los materiales se elaboran con altos grados de especificación y calidad, al no ser reutilizados resultaría dañino la no utilización de los recursos naturales erogados en la elaboración de mamparas, urnas, base porta urnas, paquete electoral.
Considero que acciones de dar mantenimiento preventivo y correctivo a los materiales electorales para la reutilización, debe tener como principal objetivo de minimizar el impacto negativo al medio ambiente.
Desde mi lectura e interpretación, el Organismo está obligado a efectuar la reutilización de los materiales electorales, el reglamento de elecciones que nos rige, asimismo como diversos acuerdos y lineamientos que ha emitido el Instituto Nacional Electoral me llevan a ponderar conforme a los datos que este Organismo contempla requirió y obra en poder la información de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral que un 90% del material electoral que se encuentra en buen estado puede ser reutilizado en los procesos electorales por venir.
1. Definición de la propuesta.
La alternativa de solución que considero viable y factible de
aplicar consiste en la reutilización del material electoral en buen estado
(urnas, mamparas, canceles y base porta urnas) para los diversos procesos
comiciales, incluido el proceso local ordinario 2017-2018 en Veracruz.
2. Objetivo de la propuesta.
La reutilización del material electoral tiene como objetivo
el hacer un uso adecuado de los recursos económicos y ambientales sin dejar de
lado la calidad y la seguridad que un proceso comicial requiere, es por esto
que se debe de hacer un correcto tratamiento de los materiales almacenados en
los Consejos Distritales, mismo que tendrán diversos procesos.
Para el proceso de reutilización del material electoral se contemplarán las siguientes etapas:
- Clasificación e inventario del material susceptible a reutilizarse
- Limpieza y acondicionamiento
del material
- Impresión y colocación de calcomanías
- Inventario y empaquetado de material a reutilizarse
- Destrucción del material sobrante
3. Líneas de acción.
Para el mantenimiento, conservación y generación de economías por la
reutilización de los materiales electorales en el proceso electoral 2017-2018,
se debe impulsar estrategias que permitan optimizar los recursos que recibe el
Organismo.
Los procedimientos necesarios para la reutilización del
material electoral serán ejecutados por el personal adscrito a los Consejos
Distritales, esto sin afectar el cumplimiento de sus funciones, las actividades
para el acondicionamiento del material serían las siguientes:
- Clasificación e inventario del material susceptible a reutilizarse. En los 30 Consejos Distritales se deberá hacer una revisión del material electoral y clasificar e inventariar el que de acuerdo al estado que guarde sea susceptible de ser reutilizado, es decir, se encuentre en condiciones que permita su uso en los procesos comiciales. En cuanto se esté realizando esta actividad se deberán separar y acomodar el material.
- Limpieza y acondicionamiento del material. Con el material clasificado susceptible a reutilizarse se deberá limpiar cada uno de ellos, como a continuación se detalla:
- Para el material de metal se deberá utilizar un aceite para limpiar las áreas con oxido y con esto evitar que la corrosión afecte el metal y conservar el material en óptimas condiciones.
- Para el material de plástico se deberá utilizar agua y jabón para su limpieza y se deberán retirar calcomanías, cinta o cualquier objeto pegado a estos que se hubieran podido pegar adicional a su uso normal.
- Una vez que se realice la limpieza de todo el material este se deberá acomodar ordenadamente y en el caso de los materiales que se les colocara la calcomanía se deberá separar y tener ordenado para su colocación.
- Impresión y colocación de etiquetas. Derivado del inventario realizado en los Consejos Distritales se deberán mandar a imprimir las calcomanías necesarias para la colocación de estas en el material electoral.[4]
Una vez que los Consejos Distritales tengan las calcomanías
y se encuentre limpio todo el material, se deben colocar las calcomanías en
donde correspondan y para ello se mandaran las instrucciones y los ejemplos
necesarios para su correcta colocación, una vez colocadas las calcomanías, se
deberá almacenar el material.
- Inventario y empaquetado de material a reutilizarse. Una vez que al material se le coloquen las calcomanías se deberá levantar un inventario final de todo el material listo a reutilizarse, este mismo se deberá remitir a la DEOE.
Se deberá empaquetar el material electoral a
reutilizar para que este se conserve en óptimas condiciones y listo para usarse
en los procesos comiciales siguientes.
- Destrucción del material sobrante. Una vez realizadas todas estas actividades y considerando que el material sobrante ya no es susceptible a una reutilización se deberán proveer los medios necesarios para la recolección de cada uno de los Consejos Distritales, para su posterior destrucción a través de medios que no afecten el medio ambiente y que estos puedan ser reciclados.
4. Tiempo de implementación.
Para la ejecución del
acondicionamiento y adecuación del material electoral se debe considerar los
tiempos que se usarán para la realización de la adecuación, por lo que se
considera la siguiente medida de tiempo:
Material
|
Tiempo de adecuación
|
Urnas
|
10 min
|
Base porta urnas
|
10 min
|
Cancel electoral
|
10 min
|
Total
|
40 min
|
Derivado de estos tiempos,
se estima que una correcta adecuación de los materiales tomaría alrededor de 30
minutos, esto considerando el personal que se tendrán en el mes de febrero y
utilizando un tiempo de 2 horas al día se tendría los siguientes datos:
Mes
|
No. de personal
|
Juego de material
|
Febrero
|
8
|
768
|
Marzo
|
14
|
1,344
|
Abril
|
14
|
1,344
|
Mayo
|
14
|
1,344
|
Total
|
4,800
|
Derivado del inventario inicial del material en cada Consejo Distrital se realizaría la distribución de las actividades para poder completar con el material que se reporte en sus oficinas.
5. Resultados.
Derivado de las actividades antes descritas sería posible obtener un porcentaje del material electoral en óptimas condiciones para poder ser reutilizado en los procesos comiciales en el estado de Veracruz, haciendo de este material un insumo que cumpla con los requerimientos y necesidades para el desarrollo de estas.
La reutilización de este material implicaría sentar las bases para los futuros procesos y con esto hacer que este OPLEV establezca no solo con palabras sino con acciones el compromiso con la ciudadanía para con el correcto uso del recurso público y con el medio ambiente.
Pienso que es viable reutilizar el material electoral del proceso electoral 2016-207, actualmente resguardado en las oficinas distritales, para el proceso electoral local 2017-2018. Es factible recuperar aproximadamente un porcentaje de 90% de las urnas, 90% base porta urnas, 63% del cancel electoral y 37% de las cajas contenedoras.
Tipo de
material
|
Cantidad
susceptible a reutilizar
|
Umbral
|
Material
requerido*
|
% del
material reutilizable
|
Urnas
|
9,477
|
1,061
|
10,538
|
90%
|
Base porta urnas
|
9,477
|
1,061
|
10,538
|
90%
|
Cancel
electoral
|
6,565
|
3,973
|
10,538
|
63%
|
Caja contenedora
|
3,191
|
7,347
|
10,538
|
37%
|
Existe la viabilidad presupuestal en materia de recursos humanos para la implementación de los trabajos de recuperación y limpieza, siendo factible dichas labores en los meses de febrero a mayo, conforme a la infraestructura de los 30 inmuebles. El personal con el que cuenta el OPLEV en los Consejos Distritales para poder realizar estas actividades es el siguiente:
Mes
|
Cantidad de personal por
consejo*
|
Cantidad de personal en el
Edo*
|
Febrero
|
8
|
240
|
Marzo
|
14
|
420
|
Abril
|
14
|
420
|
Mayo
|
14
|
420
|
Considero que las urnas de la elección de Ayuntamientos del proceso electoral 2016-2017, son materiales electorales que se utilizaron en las casillas instaladas en el estado para los electores que depositaron sus votos. Además fueron fabricadas en plástico transparente, lo que dio certeza a las elecciones y permiten que puedan utilizarse en más de un proceso electoral.
Como expresé en mi intervención en la mesa del Consejo General, estoy de acuerdo que el material electoral pueda ser reutilizado, como fue propuesto, en las elecciones extraordinarias que en total suman 131 casillas en los municipios de Camarón de Tejeda, Emiliano Zapata y Sayula de Alemán, asimismo, comparto la posibilidad de utilizar dichos materiales en procesos comiciales de agentes y subagentes.
Sin embargo, bajo las consideraciones expresadas a lo largo de este voto, estoy cierto de que es viable la utilización para el proceso electoral del próximo 01 de julio de 2018. Bajo una lógica simple, emplear en diversos procesos comiciales el material resguardado en cada uno de los 30 Consejo Distritales no excluye la capacidad de utilizarse en el proceso concurrente.
Uno de los principios para la consolidación de la democracia y de la gobernanza pública es la creación e implementación de mecanismos de transparencia, de rendición de cuentas y de sanciones. En ese orden, el Consejo General del OPLEV al ser uno de los pilares de la democracia debe ocuparse no solo de fomentar la participación ciudadana; sino de velar porque todos los procedimientos vinculados al proceso electoral se realicen de forma pública y apegada a derecho.
Entre las acciones viables a implementarse serían fortalecer el sistema de compras públicas del material electoral, invitando como testigos a Organismos Públicos no gubernamentales expertos en el área de transparencia; estos se ocuparán no solo de legitimar las licitaciones, sino de ser observadores desde el momento en que se diseñe la convocatoria hasta que finalmente se preste el servicio o se entregue el bien.
De igual, forma se propone que el proceso de adquisición sea por licitación pública, abierta a todo el público, transmitida en tiempo real y que la documentación vinculada en ella se haga pública, pudiéndose consultar en el portal de internet del OPLEV.
Finalmente el tema de materiales y documentación electoral debiese ser un tema que revisara el propio poder legislativo en una próxima reforma a nivel federal, en la constitución federal, en los propios códigos locales, de cual fuera lo mejor respecto al diseño que ahora es regulado por el Instituto Nacional Electoral.
Pienso que aún faltan mecanismos donde haya estandarización de impresión y producción en las 32 entidades federativas, alcanzaría a ver la necesidad del establecimiento de normas generales a nivel federal que nos garanticen datos similares de reutilización de material electoral en todo el país.
Desde mi lectura e interpretación, el Organismo está obligado a efectuar la reutilización de los materiales electorales, el reglamento de elecciones que nos rige, asimismo como diversos acuerdos y lineamientos que ha emitido el Instituto Nacional Electoral me llevan a ponderar esta decisión.
Por último, considero que como ente público y responsables de la realización de elecciones en el estado de Veracruz debemos ser ejemplo de la utilización eficiente de los recursos públicos, el cuidado del medio ambiente y el respeto de las normas que nos rigen. Recalco la responsabilidad que tenemos como funcionarios públicos y tomadores de decisiones ante el ejercicio del gasto público, debemos ser garantes de un uso correcto y prudente del gasto frente a la ciudadanía veracruzana.
[1] Informe del material electoral utilizado en el
proceso electoral 2016-2017 susceptible de ser reutilizado, remitido por la Dirección Ejecutiva de Organización
Electoral, el 14 de noviembre de 2017.
[2] Cfr. http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5480759&fecha=26/04/2017 revisado el 26 de enero de 2018.
[3] Cámara de Diputados. Obligaciones Financieras de las
Entidades Federativas de México, al Tercer Trimestre de 2017. México. 2017.
[4] Consulta relativa a reutilización de material
electoral y etiquetas o forro. Consultar:
IEEC/PPCG-340/2017 y INE/DEOE0701/2017.
Comentarios
Publicar un comentario