Voto concurrente | Informe final Conteo Rápido PEL 2017-2018


Agosto 31, 2018 | Xalapa, Veracruz
Clave: OPLEV/CG221/2018

Voto concurrente que presenta el consejero electoral Juan Manuel Vázquez Barajas, respecto al Informe final de la realización del conteo rápido de los resultados de la elección a la Gubernatura del 1 de julio de 2018.

I. Introducción

De conformidad con lo establecido en los artículos 1, 2, 99, 100, 101 fracción IX, inciso c), 102, 108, 110, del Código Electoral para el Estado de Veracruz, y 10 incisos c) y e), 33, base 7 del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, planteo las siguientes consideraciones. 

El 30 de agosto de 2018, se presentó en sesión extraordinaria en el orden del día número siete, la emisión de un acuerdo en donde se aprobaron los informes finales de actividades de las comisiones especiales y temporales, entre las que se encuentra la Comisión del Programa de Resultados Preliminares, Conteo Rápido y Encuestas, que rindió dos informes, uno de ellos relativo a la realización del Conteo Rápido de los resultados de la elección a la Gubernatura del 1 de julio de 2018. 

En términos generales, tal como lo expresé en la sesión, acompaño el acuerdo que se nos ha presentado. Sin embargo, quisiera hacer algunas consideraciones o reflexiones a manera evaluativa sobre el Programa de Conteos Rápidos en México, por lo que expreso una serie de atenciones de la importancia de la generación de resultados la misma noche de la jornada electoral, como en las elecciones de presidencia y gubernatura, ahora trasladada a las elecciones distritales y municipales, lo que implicaría innovar en los mecanismos de recolección y envió de la información, por medio de la implementación de nuevas tecnologías que propicien la eficiencia en su implementación. 

II. Marco normativo
El Conteo Rápido de acuerdo al artículo 356 del Reglamento de elecciones, el procedimiento estadístico diseñado con la finalidad de estimar con oportunidad las tendencias de los resultados finales de una elección, a partir de una muestra probabilística de resultados de actas de escrutinio y cómputo de las casillas electorales, cuyo tamaño y composición se establecen previamente, de acuerdo a un esquema de selección específico de una elección determinada, y cuyas conclusiones se presentan la noche de la jornada electoral.

En el mismo ordenamiento en el Capítulo III, indica que es aplicable para el Instituto y los OPL, en sus respectivos ámbitos de competencia, respecto de todos los procesos electorales federales y locales que celebren, y tienen por objeto establecer las directrices y los procedimientos a los que deben sujetarse dichas autoridades para el diseño, implementación, operación y difusión de la metodología y los resultados de los conteos rápidos.

En la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en su artículo 32 inciso a), fracción V, indica que es una atribución del INE emitir la reglas, lineamiento, criterios y formatos en materia de Conteo Rápido, mientras que en sus artículos 220, indica que Instituto y los Organismos Públicos Locales tendrán la facultad de determinar la viabilidad y la realización de los conteos rápidos en sus respectivos ámbitos de competencia.

En lo que respecta al Código Electoral para el Estado de Veracruz, en su artículo 100, fracción XIV, establece que son atribuciones del Instituto Electoral Veracruzano el ordenar la realización de conteos rápidos basados en las actas de escrutinio y cómputo de casilla, a fin de conocer las tendencias de los resultados el día de la jornada electoral, de conformidad con los lineamientos emitidos por el Instituto Nacional Electoral.

De la normatividad aplicable a los conteos rápidos, podemos establecer que la regulación de las reglas generales de la implementación corresponde al Instituto Nacional Electoral, pero el considerar su implementación es competencia del órgano responsable de la elección, es por ello que del análisis de la normativa podemos precisar que la implementación en las elecciones distritales y municipales de considerarlo viable, es posible su implementación. Derivado de esta primera premisa, es necesario reflexionar sobre los medios para poder eficientar la obtención de la información y su implementación.

III. Motivos y razones

a.    Uso de tics como herramienta para hacer mucho más eficiente e inmediato los conteos rápidos en México


La emisión de resultados la misma noche de la Jornada Electoral, permite que la ciudadanía pueda tener el panorama del resultado de su sufragio en las casillas, y para garantizar esto se deben promover acciones que garanticen que el Conteo Rápido cuente con la información necesaria para su implementación y ejecución. 

Para las elecciones concurrentes de 2018 la implementación del conteo rápido, afronto la complejidad en la recolección de la información, derivado de los tiempos que resultaron del escrutinio y cómputo de las casillas, que lo se vio reflejado en el total de muestras que se obtuvieron. Por una parte, en el estado de Morelos, se obtuvo el mayor avance en la muestra con un 80.0 %, mientras que en los estados de Chiapas y Ciudad de México se registró el menor avance de captación con el 58.4%. 

Derivado de la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación SUP-RAP460/2016 y acumulados, el INE estableció que para la realización del conteo rápido en las elecciones de titulares de los ejecutivos federal y locales se realizara con base en los datos obtenidos de las hojas del cuadernillo para hacer las operaciones del escrutinio y cómputo en casilla[1], con el propósito de obtener los resultados las casillas en un menor tiempo, lo que permitió contar con la información de forma oportuna. 

De estas consideraciones, podemos establecer que es necesario implementar mejores y más eficientes mecanismos para poder realizar la captación de la información desde las casillas para poder efectuar las estimaciones de los resultados de la elección. 

El avance de las tecnologías, permite eficientar muchas de las actividades que desarrollamos el día a día, es por ello que su incorporación en la implementación de los Conteos Rápidos propiciaría realizar las actividades en menor tiempo, en específico en la recolección de información proveniente desde la casilla. 

Ante esta situación es necesario recalcar la importancia de la prontitud y de la cantidad de casillas necesarias para realizar una correcta estimación, ya que para poder realizar estas se necesitan una cantidad mínima de muestras que garanticen su certidumbre, por lo que estos mecanismos a implementar deberán soslayar estas dos complicaciones. 

Desde mi perspectiva, la incorporación de medios digitales en las elecciones permitiría agilizar muchos de los procesos manuales que se realizan en las casillas y ante esta posibilidad, la recolección de los datos para realizar las estimaciones podría tener origen desde una plataforma usada por el funcionario de casilla para el registro de los resultados de la casilla, lo que garantizaría contar con la totalidad de las muestras y con esto aumentar la certidumbre de los resultados. 

Mientras que para que las y los capacitadores-asistentes electorales mejoren la recolección de la información es necesario, que estos tengan la menor cantidad de actas que enviar como parte de la muestra lo que garantizara que al contar con menos actas por reportar estos estén en condiciones de poder enviar la mayor cantidad de estas. 


b.    La fiabilidad y expedites de la información, puede generar certeza en la ciudadanía para elecciones distritales y municipales

Los Conteos Rápidos son los primeros resultados, de carácter informativo, que se dan a conocer y que son expresados durante la sesión permanente del Consejo General, esto permite dar certeza y máxima publicidad a los resultados de la elección, ante esta premisa, podemos destacar que son un medio por el cual la sociedad puede conocer los resultados de las elecciones.

El conteo rápido en el proceso electoral concurrente 2017-2018, significo una operación sin precedentes, debido a la implementación de diez conteos rápidos simultáneamente, lo que significó un gran reto también permitió, establecer grandes avances en la implementación de estos, como resultado de la labor realizada los resultados se emitieron en los siguientes horarios:
Publicación de resultados[2]
Elección
Fecha
Nacional
Dom 1 julio 2018 22:30 p. m.
Chiapas
Dom 2 julio 2018 00:30 p. m.
CDMX
Dom 1 julio 2018 22:15 p. m.
Guanajuato
Dom 1 julio 2018 21:45 p. m.
Jalisco
Dom 1 julio 2018 22:15 p. m.
Morelos
Dom 1 julio 2018 22:40 p. m.
Puebla
Dom 1 julio 2018 23:45 p. m.
Tabasco
Dom 1 julio 2018 23:50 p. m.
Veracruz
Dom 1 julio 2018 23:10 p. m.
Yucatán
Dom 1 julio 2018 23:55 p. m.

Como podemos observar en 5 elecciones los resultados se emitieron antes de las 23 horas, 4 después de las 23 horas y solo 1 después de las 24 horas, es importante destacar que gracias a esto se doto de mayor certeza y certidumbre el rumbo de las elecciones en la renovación de los poderos ejecutivos estatales y del federal.

Las elecciones locales, tanto de distritales como municipales, son elecciones en donde la pasión y el sentimiento de afinidad para con las y los candidatos puede ocasionar en muchas ocasiones que se susciten actos de violencia, esto siempre ha hecho que se vulnere la paz y el buen desarrollo de las elecciones, uno de los factores desde mi punto de vista, es la desinformación y la falta de certidumbre en los resultados electorales, es decir para el día domingo de la jornada no se tiene un resultado de parte de las autoridades electorales.

Ante esta situación y la mala información que pudiera circular en redes sociales y medios de comunicación, los ánimos pueden tornarse violentos y en actos de violencia, que pueden ir desde la toma de un consejo, agresiones a los servidores públicos, actores políticos e inclusive entre los mismos simpatizantes. Son tantos los hechos documentos de violencia en el país a razón de las elecciones locales, pero como organismos electorales debemos procurar establecer las vías para que estos se vean mitigados.

Ante esta situación, es imprescindible la emisión de resultados el mismo día domingo de la jornada electoral, esto como ya lo precisé, dotaría de certeza y certidumbre los resultados en las elecciones locales, permitiendo disminuir en gran medida posibles actos de violencia, derivado de la falta de información sobre el andar de los resultados electorales.

Además, con la implementación del Conteo Rápido se establecería una medida para garantizar la máxima publicidad de los resultados en la misma noche de la jornada electoral, esto porque desde mi óptica, se cuenta con la experiencia y la capacidad humana y técnica para poder realizarlo, aunado a que es posible realizar las estimaciones en una población menor y poder mantener la certidumbre en los resultados a emitir.

Aunque la implementación del Conteo Rápido en las elecciones distritales y municipales, constituye un gran reto para los Organismos Públicos, es a la vez una oportunidad para contar con resultados el mismo día de la jornada electoral con carácter de oficial, lo que significaría dotar de certeza y confiabilidad en el proceso electoral.

Los retos que implican la implementación en elecciones distritales y municipales, favorecen a que se establezcan nuevas y mejores metodologías en la recolección de la información en campo, esto para garantizar que para el caso de muestras para poblaciones reducidas se pueda contar con los datos necesarios para realizar las estimaciones.

La incorporación de nuevas tecnologías, como ya lo había planteado en el apartado anterior, genera una oportunidad en la mayor recolección de información, ya que se propiciará la implementación de nuevos mecanismos de recolección que no dependan de los tiempos de las y los capacitadores-asistentes electorales.

Por lo tanto, la implementación de los conteos rápidos en las elecciones locales, significaría tener un electorado más informado y con mejores herramientas para un debate ordenado y pacifico sobre los resultados de las elecciones, esto por la emisión de sus estimaciones con alto grado de certidumbre y basados en metodologías científicas comprobables.

c.     Visibilizar a la ciudadanía el propósito del conteo rápido en México como mecanismo para saber el probable ganador la misma noche de la Jornada Electoral

En México los Conteos Rápidos, han impulsado la emisión de resultados con prontitud y con máxima publicidad, esto es importante ya que garantiza votantes informados y consientes de los posibles resultados de los comicios electorales en turno, es por ello que su implementación en otras elecciones es clave para fomentar una mayor confianza en los procesos electorales.

Hemos hablado de lo importante que es emitir los resultados la misma noche de la jornada electoral, sin embargo, es importante que, para lograr el objetivo no solo basta con tener estos resultados, si no que se pueda entender y conocer el propósito y el origen de estos resultados. Es por ello que desde mi perspectiva es necesario impulsar estrategias que permitan visibilizar el propósito de los conteos rápidos.

El poder lograr en la población la sensibilización sobre la emisión de los resultados el mismo día de la jornada, es tan importante como la emisión misma de los resultados, es por ello que considero necesario la implementación de estrategias que permitan que la población conozca de los medios por el cual se puede informar y de cómo estos funcionan.

Es importante la generación de campañas de visibilización que permitan, entender el porqué de la implementación de los Conteos Rápidos en las elecciones y como esto ayuda en la certeza de la emisión de los resultados, es por ello que por medio de las redes sociales es posible crear conciencia y conocimiento entre la ciudadanía, con la emisión de infografías enfocadas en explicar el funcionamiento y componentes de los Conteos Rápidos.

d.    Los medios de comunicación y su corresponsabilidad en la difusión de resultados electorales en México.

Parte de las responsabilidades como entidades electorales es propiciar un electorado informado, es por ello que parte de las políticas públicas que se deben generar es el de transparentar la información que permita desarrollar pensamientos críticos y diálogos que fomenten la participación y emitan votos razonados e informados.

La emisión de los resultados la misma noche de la jornada electoral, trae consigo una extensa planeación y establecimiento de la metodología a seguir y como realizar el procesamiento de esta, es por ello que INE por medio de un grupo especializado realizado todas estas acciones para poder lograr la emisión de resultados con un alto grado de certidumbre.

Para la emisión de resultados basados en ejercicios estadísticos, en la historia solo se han publicado a nivel federal tres resultados, en el 2000, 2012 y 2018, para la elección de 2006 no se hicieron públicos los resultados la noche de la jornada debido a que los intervalos de estimación no satisficieron los criterios establecidos por el propio Comité para distinguir una fuerza ganadora[3].

Aunado a esto es preciso señalar que para la difusión de los resultados se requiere de un andamiaje normativo y especializado para poder garantizar que los resultados sean congruentes, a razón de esto en la última elección, para la implementación del conteo rápido se pudo constatar que los intervalos presentados coincidieron con los cómputos definitivos, tanto en lo federal como en lo local[4].

En este sentido, los medios de comunicación, ante la posibilidad de realizar conteos rápidos[5], deben ser coparticipes en la realización de los conteos rápidos, esto con el cumplimiento de los requisitos normativos y científicos. Es por ello que para poder garantizar una participación adecuada de los medios de comunicación se deberán adoptar medidas que garanticen una correcta adopción de los criterios científicos en su desarrollo.

Pero la participación de los medios de comunicación en la emisión de los resultados electorales basados en ejercicios estadísticos, apertura la discusión sobre si el INE o estos son los que deberían realizar la emisión de estos resultados, lo que resulta indiscutible es que por parte del primero constituye una atribución[6] y para el segundo es un derecho que puede decidir ejercer, por lo que desde mi óptica la implementación de más de un conteo rápido no debería tener mayores repercusiones, más que abonar en el desarrollo de la vida democrática.

Un punto determinante para esta consideración es que es fundamental para los medios de comunicación que deseen implementar conteos rápidos es contar con el respaldo científico que valide la emisión de los resultados, además de que dichos estudios deberán estar de acuerdo a las reglas y normas indicadas por el INE[7], por lo que deberán garantizar la seguridad, transparencia, confiabilidad, certeza, calidad e integridad del procedimiento estadístico, así como el profesionalismo y la máxima publicidad en la ejecución de sus trabajos.

IV.           Conclusiones.

Considero que los Conteos Rápidos, son mecanismos que mientras más eficientes y eficaces sean en la emisión de los resultados, mayor confianza en la ciudadanía generarían, por lo que es necesario que se establezcan mecanismos y estrategias que propicien por medio de la implementación de nuevas tecnologías el agilizar la recolección de información y el procesamiento de ellas, garantizando en todo momento el poder emitir resultados con un alto grado de certidumbre.

Aunado a esto y derivado de los múltiples casos de éxito de la implementación de los Conteos Rápidos en las elecciones de presidencia y gubernatura, es viable poner a consideración y en la mesa de análisis, la implementación de estos en las elecciones de distritales y municipales, esto en aras de dotar de mayor certeza las elecciones y propiciar que la ciudadanía se mantenga informada de los resultados electorales y más al contar con la infraestructura y el personal humano capaz del desarrollo de la implementación.


Como lo desarrolle en el documento, consideró que para la ciudadanía es necesaria que se impulsen estrategias que permitan conocer las funciones, el propósito y el alcance de la emisión de los resultados del Conteo Rápido, con ello se podrá de dotar de certeza y máxima publicidad de los resultados, y para esto se deberá impulsar la participación de los medios de comunicación y su impulso en la difusión tanto de los resultados como en crear conciencia del propósito y función de los Conteos Rápidos.





[1] INE/CG122/2018
[2] De elaboración propia con datos del Informe de actividades de junio y Jornada Electoral COTECORA https://www.ine.mx/wp-content/uploads/2018/08/Informe_COTECORA_jun2018.pdf
[3] Informe del Comité del Conteo Rápido de la elección presidencial del 2 de julio de 2006 consultable en; http://portalanterior.ine.mx/docs/Internet/IFE_Home/CENTRAL/Contenidos_Centrales/estaticos/Conteo/informe_Comite-ConteoRapido.pdf
[4] Informe de actividades de junio y Jornada Electoral COTECORA https://www.ine.mx/wp-content/uploads/2018/08/Informe_COTECORA_jun2018.pdf
[5] Artículo 137, párrafo 1, del Reglamento de Elecciones.
[6] Artículo 32, párrafo 1, inciso a), fracción V de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
[7] Artículo 140, parrado 2, del Reglamento de Elecciones.

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