Voto
concurrente que presenta el consejero electoral Juan Manuel Vázquez Barajas, respecto
al Informe final de la realización del conteo
rápido de los resultados de la elección a la Gubernatura del 1 de julio de 2018.
I. Introducción
De conformidad con lo establecido en los artículos 1, 2, 99, 100, 101 fracción IX, inciso c), 102, 108, 110, del Código Electoral para el Estado de Veracruz, y 10 incisos c) y e), 33, base 7 del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, planteo las siguientes consideraciones.
El 30 de agosto de 2018, se presentó en sesión extraordinaria en el orden del día número siete, la emisión de un acuerdo en donde se aprobaron los informes finales de actividades de las comisiones especiales y temporales, entre las que se encuentra la Comisión del Programa de Resultados Preliminares, Conteo Rápido y Encuestas, que rindió dos informes, uno de ellos relativo a la realización del Conteo Rápido de los resultados de la elección a la Gubernatura del 1 de julio de 2018.
En términos generales, tal como lo expresé en la sesión, acompaño el acuerdo que se nos ha presentado. Sin embargo, quisiera hacer algunas consideraciones o reflexiones a manera evaluativa sobre el Programa de Conteos Rápidos en México, por lo que expreso una serie de atenciones de la importancia de la generación de resultados la misma noche de la jornada electoral, como en las elecciones de presidencia y gubernatura, ahora trasladada a las elecciones distritales y municipales, lo que implicaría innovar en los mecanismos de recolección y envió de la información, por medio de la implementación de nuevas tecnologías que propicien la eficiencia en su implementación.
El Conteo Rápido de
acuerdo al artículo 356 del Reglamento de elecciones, el procedimiento estadístico
diseñado con la finalidad de estimar con oportunidad las tendencias de los
resultados finales de una elección, a partir de una muestra probabilística de
resultados de actas de escrutinio y cómputo de las casillas electorales, cuyo
tamaño y composición se establecen previamente, de acuerdo a un esquema de
selección específico de una elección determinada, y cuyas conclusiones se
presentan la noche de la jornada electoral.
En el mismo ordenamiento
en el Capítulo III, indica que es aplicable para el Instituto y los OPL, en sus
respectivos ámbitos de competencia, respecto de todos los procesos electorales
federales y locales que celebren, y tienen por objeto establecer las
directrices y los procedimientos a los que deben sujetarse dichas autoridades para
el diseño, implementación, operación y difusión de la metodología y los
resultados de los conteos rápidos.
En la Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales, en su artículo 32 inciso a),
fracción V, indica que es una atribución del INE emitir la reglas, lineamiento,
criterios y formatos en materia de Conteo Rápido, mientras que en sus artículos
220, indica que Instituto y los Organismos Públicos Locales tendrán la facultad
de determinar la viabilidad y la realización de los conteos rápidos en sus
respectivos ámbitos de competencia.
En lo que respecta al
Código Electoral para el Estado de Veracruz, en su artículo 100, fracción XIV, establece
que son atribuciones del Instituto Electoral Veracruzano el ordenar la
realización de conteos rápidos basados en las actas de escrutinio y cómputo de
casilla, a fin de conocer las tendencias de los resultados el día de la jornada
electoral, de conformidad con los lineamientos emitidos por el Instituto
Nacional Electoral.
De la normatividad
aplicable a los conteos rápidos, podemos establecer que la regulación de las
reglas generales de la implementación corresponde al Instituto Nacional
Electoral, pero el considerar su implementación es competencia del órgano
responsable de la elección, es por ello que del análisis de la normativa
podemos precisar que la implementación en las elecciones distritales y
municipales de considerarlo viable, es posible su implementación. Derivado de
esta primera premisa, es necesario reflexionar sobre los medios para poder
eficientar la obtención de la información y su implementación.
a. Uso de tics como herramienta para hacer mucho más
eficiente e inmediato los conteos rápidos en México
La emisión de resultados la misma noche de la Jornada Electoral, permite que la ciudadanía pueda tener el panorama del resultado de su sufragio en las casillas, y para garantizar esto se deben promover acciones que garanticen que el Conteo Rápido cuente con la información necesaria para su implementación y ejecución.
Para las elecciones concurrentes de 2018 la implementación del conteo rápido, afronto la complejidad en la recolección de la información, derivado de los tiempos que resultaron del escrutinio y cómputo de las casillas, que lo se vio reflejado en el total de muestras que se obtuvieron. Por una parte, en el estado de Morelos, se obtuvo el mayor avance en la muestra con un 80.0 %, mientras que en los estados de Chiapas y Ciudad de México se registró el menor avance de captación con el 58.4%.
Derivado de la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación SUP-RAP460/2016 y acumulados, el INE estableció que para la realización del conteo rápido en las elecciones de titulares de los ejecutivos federal y locales se realizara con base en los datos obtenidos de las hojas del cuadernillo para hacer las operaciones del escrutinio y cómputo en casilla[1], con el propósito de obtener los resultados las casillas en un menor tiempo, lo que permitió contar con la información de forma oportuna.
De estas consideraciones, podemos establecer que es necesario implementar mejores y más eficientes mecanismos para poder realizar la captación de la información desde las casillas para poder efectuar las estimaciones de los resultados de la elección.
El avance de las tecnologías, permite eficientar muchas de las actividades que desarrollamos el día a día, es por ello que su incorporación en la implementación de los Conteos Rápidos propiciaría realizar las actividades en menor tiempo, en específico en la recolección de información proveniente desde la casilla.
Ante esta situación es necesario recalcar la importancia de la prontitud y de la cantidad de casillas necesarias para realizar una correcta estimación, ya que para poder realizar estas se necesitan una cantidad mínima de muestras que garanticen su certidumbre, por lo que estos mecanismos a implementar deberán soslayar estas dos complicaciones.
Desde mi perspectiva, la incorporación de medios digitales en las elecciones permitiría agilizar muchos de los procesos manuales que se realizan en las casillas y ante esta posibilidad, la recolección de los datos para realizar las estimaciones podría tener origen desde una plataforma usada por el funcionario de casilla para el registro de los resultados de la casilla, lo que garantizaría contar con la totalidad de las muestras y con esto aumentar la certidumbre de los resultados.
Mientras que para que las y los capacitadores-asistentes electorales mejoren la recolección de la información es necesario, que estos tengan la menor cantidad de actas que enviar como parte de la muestra lo que garantizara que al contar con menos actas por reportar estos estén en condiciones de poder enviar la mayor cantidad de estas.
b. La fiabilidad y expedites de la información, puede
generar certeza en la ciudadanía para elecciones distritales y municipales
Los Conteos Rápidos son los
primeros resultados, de carácter informativo, que se dan a conocer y que son
expresados durante la sesión permanente del Consejo General, esto permite dar
certeza y máxima publicidad a los resultados de la elección, ante esta premisa,
podemos destacar que son un medio por el cual la sociedad puede conocer los
resultados de las elecciones.
El conteo rápido en el
proceso electoral concurrente 2017-2018, significo una operación sin
precedentes, debido a la implementación de diez conteos rápidos
simultáneamente, lo que significó un gran reto también permitió, establecer
grandes avances en la implementación de estos, como resultado de la labor
realizada los resultados se emitieron en los siguientes horarios:
Publicación de resultados[2]
|
|
Elección
|
Fecha
|
Nacional
|
Dom 1 julio 2018 22:30 p. m.
|
Chiapas
|
Dom 2 julio 2018 00:30 p. m.
|
CDMX
|
Dom 1 julio 2018 22:15 p. m.
|
Guanajuato
|
Dom 1 julio 2018 21:45 p. m.
|
Jalisco
|
Dom 1 julio 2018 22:15 p. m.
|
Morelos
|
Dom 1 julio 2018 22:40 p. m.
|
Puebla
|
Dom 1 julio 2018 23:45 p. m.
|
Tabasco
|
Dom 1 julio 2018 23:50 p. m.
|
Veracruz
|
Dom 1 julio 2018 23:10 p. m.
|
Yucatán
|
Dom 1 julio 2018 23:55 p. m.
|
Como podemos observar en 5 elecciones los
resultados se emitieron antes de las 23 horas, 4 después de las 23 horas y solo
1 después de las 24 horas, es importante destacar que gracias a esto se doto de
mayor certeza y certidumbre el rumbo de las elecciones en la renovación de los
poderos ejecutivos estatales y del federal.
Las elecciones locales,
tanto de distritales como municipales, son elecciones en donde la pasión y el
sentimiento de afinidad para con las y los candidatos puede ocasionar en muchas
ocasiones que se susciten actos de violencia, esto siempre ha hecho que se
vulnere la paz y el buen desarrollo de las elecciones, uno de los factores
desde mi punto de vista, es la desinformación y la falta de certidumbre en los
resultados electorales, es decir para el día domingo de la jornada no se tiene
un resultado de parte de las autoridades electorales.
Ante esta situación y la
mala información que pudiera circular en redes sociales y medios de
comunicación, los ánimos pueden tornarse violentos y en actos de violencia, que
pueden ir desde la toma de un consejo, agresiones a los servidores públicos,
actores políticos e inclusive entre los mismos simpatizantes. Son tantos los
hechos documentos de violencia en el país a razón de las elecciones locales,
pero como organismos electorales debemos procurar establecer las vías para que
estos se vean mitigados.
Ante esta situación, es
imprescindible la emisión de resultados el mismo día domingo de la jornada
electoral, esto como ya lo precisé, dotaría de certeza y certidumbre los
resultados en las elecciones locales, permitiendo disminuir en gran medida
posibles actos de violencia, derivado de la falta de información sobre el andar
de los resultados electorales.
Además, con la
implementación del Conteo Rápido se establecería una medida para garantizar la
máxima publicidad de los resultados en la misma noche de la jornada electoral,
esto porque desde mi óptica, se cuenta con la experiencia y la capacidad humana
y técnica para poder realizarlo, aunado a que es posible realizar las
estimaciones en una población menor y poder mantener la certidumbre en los
resultados a emitir.
Aunque la implementación del
Conteo Rápido en las elecciones distritales y municipales, constituye un gran
reto para los Organismos Públicos, es a la vez una oportunidad para contar con
resultados el mismo día de la jornada electoral con carácter de oficial, lo que
significaría dotar de certeza y confiabilidad en el proceso electoral.
Los retos que implican la
implementación en elecciones distritales y municipales, favorecen a que se
establezcan nuevas y mejores metodologías en la recolección de la información
en campo, esto para garantizar que para el caso de muestras para poblaciones
reducidas se pueda contar con los datos necesarios para realizar las
estimaciones.
La incorporación de nuevas
tecnologías, como ya lo había planteado en el apartado anterior, genera una oportunidad
en la mayor recolección de información, ya que se propiciará la implementación
de nuevos mecanismos de recolección que no dependan de los tiempos de las y los
capacitadores-asistentes electorales.
Por lo tanto, la
implementación de los conteos rápidos en las elecciones locales, significaría
tener un electorado más informado y con mejores herramientas para un debate
ordenado y pacifico sobre los resultados de las elecciones, esto por la emisión
de sus estimaciones con alto grado de certidumbre y basados en metodologías
científicas comprobables.
c. Visibilizar a la ciudadanía el
propósito del conteo rápido en México como mecanismo para saber el probable
ganador la misma noche de la Jornada Electoral
En México los Conteos
Rápidos, han impulsado la emisión de resultados con prontitud y con máxima
publicidad, esto es importante ya que garantiza votantes informados y consientes
de los posibles resultados de los comicios electorales en turno, es por ello
que su implementación en otras elecciones es clave para fomentar una mayor
confianza en los procesos electorales.
Hemos hablado de lo
importante que es emitir los resultados la misma noche de la jornada electoral,
sin embargo, es importante que, para lograr el objetivo no solo basta con tener
estos resultados, si no que se pueda entender y conocer el propósito y el
origen de estos resultados. Es por ello que desde mi perspectiva es necesario
impulsar estrategias que permitan visibilizar el propósito de los conteos
rápidos.
El poder lograr en la
población la sensibilización sobre la emisión de los resultados el mismo día de
la jornada, es tan importante como la emisión misma de los resultados, es por
ello que considero necesario la implementación de estrategias que permitan que
la población conozca de los medios por el cual se puede informar y de cómo
estos funcionan.
Es importante la generación
de campañas de visibilización que permitan, entender el porqué de la
implementación de los Conteos Rápidos en las elecciones y como esto ayuda en la
certeza de la emisión de los resultados, es por ello que por medio de las redes
sociales es posible crear conciencia y conocimiento entre la ciudadanía, con la
emisión de infografías enfocadas en explicar el funcionamiento y componentes de
los Conteos Rápidos.
d. Los medios de comunicación y su corresponsabilidad en
la difusión de resultados electorales en México.
Parte de las responsabilidades
como entidades electorales es propiciar un electorado informado, es por ello
que parte de las políticas públicas que se deben generar es el de transparentar
la información que permita desarrollar pensamientos críticos y diálogos que
fomenten la participación y emitan votos razonados e informados.
La emisión de los resultados
la misma noche de la jornada electoral, trae consigo una extensa planeación y
establecimiento de la metodología a seguir y como realizar el procesamiento de
esta, es por ello que INE por medio de un grupo especializado realizado todas
estas acciones para poder lograr la emisión de resultados con un alto grado de
certidumbre.
Para la emisión de
resultados basados en ejercicios estadísticos, en la historia solo se han
publicado a nivel federal tres resultados, en el 2000, 2012 y 2018, para la
elección de 2006 no se hicieron públicos los resultados la noche de la jornada
debido a que los intervalos de estimación no satisficieron los criterios
establecidos por el propio Comité para distinguir una fuerza ganadora[3].
Aunado a esto es preciso
señalar que para la difusión de los resultados se requiere de un andamiaje
normativo y especializado para poder garantizar que los resultados sean
congruentes, a razón de esto en la última elección, para la implementación del
conteo rápido se pudo constatar que los intervalos presentados coincidieron con
los cómputos definitivos, tanto en lo federal como en lo local[4].
En este sentido, los medios
de comunicación, ante la posibilidad de realizar conteos rápidos[5],
deben ser coparticipes en la realización de los conteos rápidos, esto con el
cumplimiento de los requisitos normativos y científicos. Es por ello que para
poder garantizar una participación adecuada de los medios de comunicación se
deberán adoptar medidas que garanticen una correcta adopción de los criterios
científicos en su desarrollo.
Pero la participación de los
medios de comunicación en la emisión de los resultados electorales basados en
ejercicios estadísticos, apertura la discusión sobre si el INE o estos son los
que deberían realizar la emisión de estos resultados, lo que resulta
indiscutible es que por parte del primero constituye una atribución[6]
y para el segundo es un derecho que puede decidir ejercer, por lo que desde mi
óptica la implementación de más de un conteo rápido no debería tener mayores
repercusiones, más que abonar en el desarrollo de la vida democrática.
Un punto determinante para
esta consideración es que es fundamental para los medios de comunicación que
deseen implementar conteos rápidos es contar con el respaldo científico que
valide la emisión de los resultados, además de que dichos estudios deberán
estar de acuerdo a las reglas y normas indicadas por el INE[7],
por lo que deberán garantizar la seguridad, transparencia, confiabilidad,
certeza, calidad e integridad del procedimiento estadístico, así como el
profesionalismo y la máxima publicidad en la ejecución de sus trabajos.
IV.
Conclusiones.
Considero que los Conteos Rápidos, son mecanismos que mientras más
eficientes y eficaces sean en la emisión de los resultados, mayor confianza en
la ciudadanía generarían, por lo que es necesario que se establezcan mecanismos
y estrategias que propicien por medio de la implementación de nuevas
tecnologías el agilizar la recolección de información y el procesamiento de
ellas, garantizando en todo momento el poder emitir resultados con un alto
grado de certidumbre.
Aunado a esto y derivado de los múltiples casos de éxito de la
implementación de los Conteos Rápidos en las elecciones de presidencia y
gubernatura, es viable poner a consideración y en la mesa de análisis, la
implementación de estos en las elecciones de distritales y municipales, esto en
aras de dotar de mayor certeza las elecciones y propiciar que la ciudadanía se
mantenga informada de los resultados electorales y más al contar con la
infraestructura y el personal humano capaz del desarrollo de la implementación.
Como lo desarrolle en el documento, consideró que para la ciudadanía es
necesaria que se impulsen estrategias que permitan conocer las funciones, el
propósito y el alcance de la emisión de los resultados del Conteo Rápido, con
ello se podrá de dotar de certeza y máxima publicidad de los resultados, y para
esto se deberá impulsar la participación de los medios de comunicación y su
impulso en la difusión tanto de los resultados como en crear conciencia del
propósito y función de los Conteos Rápidos.
[1] INE/CG122/2018
[2] De
elaboración propia con datos del Informe de actividades de junio y Jornada
Electoral COTECORA https://www.ine.mx/wp-content/uploads/2018/08/Informe_COTECORA_jun2018.pdf
[3]
Informe del Comité del Conteo Rápido de la elección presidencial del 2 de julio
de 2006 consultable en; http://portalanterior.ine.mx/docs/Internet/IFE_Home/CENTRAL/Contenidos_Centrales/estaticos/Conteo/informe_Comite-ConteoRapido.pdf
[4]
Informe de actividades de junio y Jornada Electoral COTECORA https://www.ine.mx/wp-content/uploads/2018/08/Informe_COTECORA_jun2018.pdf
[5] Artículo
137, párrafo 1, del Reglamento de Elecciones.
[6]
Artículo 32, párrafo 1, inciso a), fracción V de la Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales
[7]
Artículo 140, parrado 2, del Reglamento de Elecciones.
Comentarios
Publicar un comentario